Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad

Inscripciones abiertas

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Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad

  • Duración: 2 semestres
  • Código SNIES: 105514
  • Créditos Académicos: 30 créditos
  • Título que otorga: Especialista en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad
  • Nivel de Formación: Especialización
  • Jornada: Especialización concentrada presencial.

    Jueves de 5:00 a 10:00 p.m.
    Viernes de 8:00 a.m a 1:00 p.m y 2:00 p.m a 9:00 p.m.
    Sábado de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

  • Modalidad: Presencial
  • Valor inscripción: $168.000

El Programa relativo a la Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad, surge como producto de la evolución que se ha presentado en los sistemas jurídicos que integran el Derecho en Colombia, que pretenden efectivizar el servicio de la Administración de Justicia permitiendo resolver las pretensiones de forma ágil y eficaz.

Por lo tanto, esa transformación jurídica que se concretó en un cambio de los sistemas escriturales operantes en los procesos, hacia la aplicación del principio de oralidad y el trámite procesal y probatorio a través de audiencias que resuelvan los litigios con la aplicación de la celeridad que se requiere para las acciones interpuestas por los usuarios de la Administración de Justicia, generó una reflexión académica en la Universidad Libre Seccional Pereira, en el sentido de generar un Programa que permitiera a los Abogados de la región, formarse en las competencias básicas que demandan la adopción de este tipo de principios procesales en todas las áreas del Derecho.

En consecuencia de lo anterior, se analizó de igual manera las variables que debían hacer parte del Programa requerido, determinándose como el Proceso es el máximo instrumento que permite poner en movimiento el aparato jurisdiccional del Estado con miras a la resolución de un litigio, a través de este se resuelven las controversias que surgen en la cotidianidad de la sociedad y este se dinamiza y caracteriza por una actividad probatoria que se debate a través de argumentaciones orales y así se llega a una Sentencia; es por ello que se considera articular los tres elementos el Derecho Procesal – el Derecho Probatorio y la Oralidad. En este sentido la Corte Constitucional Colombiana en la Sentencia C – 124 de 2011, ha determinado:

“El objetivo de la Ley 1395/10 es evidente: obtener la descongestión de los despachos judiciales a partir de reformas al procedimiento que privilegien la celeridad y la consecución de decisiones sin dilaciones justificadas, de acuerdo con el mandato constitucional, sirviéndose para ello de un modelo procesal regido por la oralidad, de una nueva concepción del procedimiento civil, fundada en la preeminencia de las audiencia orales, en contraposición con el peso específico del proceso escrito, vigente hasta la reforma anotada. El legislador, en ese orden de ideas, hace uso de la amplia facultad de configuración legislativa, a fin de establecer a la oralidad como un instrumento de superación de la inveterada congestión de la jurisdicción civil en Colombia. Esta solución legislativa, que está dirigida a garantizar un proceso eficiente y, a su vez, respetuoso de los derechos fundamentales de las partes, en especial el debido proceso, se muestra prima facie compatible con la Constitución. A su vez, la preferencia que hace la Ley 1395/10 por la oralidad en el proceso civil significa una reconceptualización de la función de administración de justicia. Por años, el procedimiento civil ha sido arquetípicamente escrito, incluso respecto de procesos que formalmente han sido denominados por décadas como “verbales”. En tal sentido, la reforma legal en comento busca lograr que la audiencia sea el escenario preferente de desarrollo del proceso. En términos de autores como Chiovenda, “la experiencia derivada de la historia permite añadir que el proceso oral es el mejor y más conforme con la naturaleza y las exigencias de la vida moderna, porque sin comprometer en lo más mínimo, antes bien, garantizando la bondad intrínseca de la justicia, la proporciona más económicamente, más simplemente y prontamente”. La instauración de la oralidad, en ese orden de ideas, también es un escenario de satisfacción de derechos constitucionales. Ello en el entendido que la audiencia oral está precedida de garantías que, si bien tienen raigambre procesal, son parte integrante de los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Estas garantías refieren a la inmediación, la concentración y la publicidad”.

Justificación

El Derecho Procesal y Probatorio, ha sido áreas que integradas al Derecho se estructuran desde su origen; ello considerando que ha sido prioridad de los operadores jurídicos buscar los sistemas y medios que permitan aplicar la norma jurídica a los casos concretos con celeridad, y con elevados parámetros de justicia que permitan el logro de la verdad real en su ejercicio.

En esta dinámica, se observa como el Derecho Procesal y Probatorio en sus ritualidades características ha sido fruto de un proceso evolutivo que ha hecho tránsito de un sistema escritural a un sistema oral, pues su esencia siempre ha sido la de propugnar por un proceso que facilite la concreción de la justicia bajo estándares de celeridad y objetividad y para ello en la actualidad se basa en los más avanzados desarrollos científicos que permiten demostrar la hipótesis más probable en un caso específico.

En este contexto, el Derecho Procesal y Probatorio en Colombia han evolucionado hacia una justicia que permita verdaderamente concretar ese derecho humano de acceder a una administración de justicia que se destaque por su objetividad y capacidad de resolución oportuna de los litigios que son puestos a su consideración.

Es por ello, que toda la gama de reformas que se han reflejado en todas las áreas del derecho en Colombia apuntan hacia la inclusión sistemas orales, que permitan aplicar la celeridad como principio rector de la administración de justicia y evidencien unos parámetros elevados de justicia como principio orientador del Estado Social y Democrático de Derecho Colombiano.

Se observa entonces, la necesidad para los profesionales en derecho de cursar espacios de formación académica como el que propone al Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad representa sin duda una de las prioridades actuales del mundo jurídico, pues con su realización se optimizan los resultados de un adecuado ejercicio procedimental y manejo de la prueba con miras a obtener decisiones favorables a las pretensiones que son invocadas ante la Administración de Justicia, con una adecuada técnica de oralidad y argumentación que se refleje en sus intervenciones en los nuevos sistemas que se estructuran en audiencias.

Objetivo del programa

Objetivo General

Propiciar espacios de formación en el ámbito posgradual que permitan que el Profesional en Derecho articule e integre las nuevas teorías vigente en materia de Derecho Procesal, Probatorio y oralidad, en concordancia con las recientes reformas a las áreas principales del Derecho: Civil, Penal, Laboral, Administrativo.

Objetivo de formación

 

√ Difundir los conocimientos relativos a las recientes técnicas de oralidad y argumentación, con la finalidad de aplicarlas en el marco de los procedimientos vigentes en las leyes procesales colombianas.

 

√ Generar espacios de aplicación, que permitan integrar los principios del Estado Social y Democrático de Derecho, al actuar procesal que se realiza en el ejercicio del Derecho de acción y en el marco de la administración de justicia.

 

√ Formar profesionales que interioricen de manera permanente parámetros como la lealtad procesal en el ejercicio de sus roles como sujetos procesales.

 

√ Comparar los sistemas jurídicos relevantes que han impulsado la oralidad como su principio orientador.

 

√ Relacionar la importancia del derecho procesal como instrumento que permite concretar el derecho de acción y las pretensiones en un sistema jurídico.

 

Perfil del aspirante

El reglamento contempla cuatro modalidades de ingreso: admisión, reintegro, traslado y transferencia. Para este último caso se precisa que se cumplan tres requisitos: a) que la Institución de origen esté reconocida y el programa académico debidamente inscrito ante autoridad competente; b) que las asignaturas y créditos cursados sean susceptibles de homologación y c) que se demuestre el cumplimiento de tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Colombia y el país de origen del aspirante, cuando éste provenga de Institución extranjera.
Perfil ocupacional

El egresado de la Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad, podrá desempeñarse en los siguientes escenarios relativos a la oferta laboral en el área jurídica, así:

 

√ Docentes universitarios.

 

√ Asesores y Consultores.

 

√ Abogados Litigantes ante despachos judiciales, Tribunales y Altas Cortes.

 

√ Fiscales y jueces.

 

√ Servidores Públicos.

 

√ Asesores Jurídicos de Empresas Privadas.

 

√ Funcionarios de la Rama Judicial.

 

√ Docente Universitario.

 

√ Funcionarios Fiscalía General de la Nación y CTI.

¿POR QUÉ ESTUDIAR EN LA UNIVERSIDAD LIBRE?


La Universidad Libre es una corporación de educación privada que propende la construcción permanente de un mejor país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante.

 

  • Por su excelencia académica. La Universidad Libre está comprometida con la calidad de su educación, por ello cuenta con Acreditación de Alta Calidad Institucional del Ministerio de Educación. Esto obedece a la exigencia de sus programas, al alto perfil de sus docentes y a sus convenios de intercambio internacional.

 

  • Por sus valores. Es una institución que propende por la libertad de pensamiento, la ética, el sentido crítico y la educación de calidad. Esa fue la idea de sus fundadores y a partir de ahí los esfuerzos se encaminaron en formar profesionales bajo estos valores.

 

  • Por su experiencia. La Unilibre está a tres años de cumplir UN SIGLO de haber abierto sus puertas y esa trayectoria le ha permitido asumir un liderazgo en la educación superior en Colombia, y ha fortalecido la calidad de sus programas.

 

  • Por el alto perfil de sus egresados. Muchos de sus egresados se encuentran trabajando en altos cargos de gobiernos locales y nacional, en las altas cortes y en las más prestigiosas compañías, lo que da cuenta de la calidad de la educación que brinda la Universidad.

 

MISIÓN


La Universidad Libre, como conciencia crítica del país y de la época, recreadora de los conocimientos científicos y tecnológicos, proyectados hacia la formación integral de un egresado acorde con las necesidades fundamentales de la sociedad, hace suyo el compromiso de:

VISIÓN


La Universidad Libre es una corporación de educación privada que propende la construcción permanente de un mejor país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante. Además, impulsa el desarrollo sostenible, iluminada por los principios filosóficos y éticos de su fundador, el general Benjamín Herrera, con liderazgo en los procesos de investigación, ciencia, tecnología y solución pacífica de los conflictos.

         

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Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad

  • Duración: 2 semestres
  • Código SNIES: 105514
  • Créditos Académicos: 30 créditos
  • Título que otorga: Especialista en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad
  • Nivel de Formación: Especialización
  • Jornada:  (Una vez al mes) Jueves de 5:00 a 10:00 p.m.
    Viernes de 8:00 a 1:00 p.m. y de 2:00 a 10:00 p.m
    Sábado de 8:00 a 1:00 p.m.
  • Modalidad: Presencial
  • Valor inscripción: $150.000

         


El Programa relativo a la Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad, surge como producto de la evolución que se ha presentado en los sistemas jurídicos que integran el Derecho en Colombia, que pretenden efectivizar el servicio de la Administración de Justicia permitiendo resolver las pretensiones de forma ágil y eficaz.

Por lo tanto, esa transformación jurídica que se concretó en un cambio de los sistemas escriturales operantes en los procesos, hacia la aplicación del principio de oralidad y el trámite procesal y probatorio a través de audiencias que resuelvan los litigios con la aplicación de la celeridad que se requiere para las acciones interpuestas por los usuarios de la Administración de Justicia, generó una reflexión académica en la Universidad Libre Seccional Pereira, en el sentido de generar un Programa que permitiera a los Abogados de la región, formarse en las competencias básicas que demandan la adopción de este tipo de principios procesales en todas las áreas del Derecho.

En consecuencia de lo anterior, se analizó de igual manera las variables que debían hacer parte del Programa requerido, determinándose como el Proceso es el máximo instrumento que permite poner en movimiento el aparato jurisdiccional del Estado con miras a la resolución de un litigio, a través de este se resuelven las controversias que surgen en la cotidianidad de la sociedad y este se dinamiza y caracteriza por una actividad probatoria que se debate a través de argumentaciones orales y así se llega a una Sentencia; es por ello que se considera articular los tres elementos el Derecho Procesal – el Derecho Probatorio y la Oralidad. En este sentido la Corte Constitucional Colombiana en la Sentencia C – 124 de 2011, ha determinado:

“El objetivo de la Ley 1395/10 es evidente: obtener la descongestión de los despachos judiciales a partir de reformas al procedimiento que privilegien la celeridad y la consecución de decisiones sin dilaciones justificadas, de acuerdo con el mandato constitucional, sirviéndose para ello de un modelo procesal regido por la oralidad, de una nueva concepción del procedimiento civil, fundada en la preeminencia de las audiencia orales, en contraposición con el peso específico del proceso escrito, vigente hasta la reforma anotada. El legislador, en ese orden de ideas, hace uso de la amplia facultad de configuración legislativa, a fin de establecer a la oralidad como un instrumento de superación de la inveterada congestión de la jurisdicción civil en Colombia. Esta solución legislativa, que está dirigida a garantizar un proceso eficiente y, a su vez, respetuoso de los derechos fundamentales de las partes, en especial el debido proceso, se muestra prima facie compatible con la Constitución. A su vez, la preferencia que hace la Ley 1395/10 por la oralidad en el proceso civil significa una reconceptualización de la función de administración de justicia. Por años, el procedimiento civil ha sido arquetípicamente escrito, incluso respecto de procesos que formalmente han sido denominados por décadas como “verbales”. En tal sentido, la reforma legal en comento busca lograr que la audiencia sea el escenario preferente de desarrollo del proceso. En términos de autores como Chiovenda, “la experiencia derivada de la historia permite añadir que el proceso oral es el mejor y más conforme con la naturaleza y las exigencias de la vida moderna, porque sin comprometer en lo más mínimo, antes bien, garantizando la bondad intrínseca de la justicia, la proporciona más económicamente, más simplemente y prontamente”. La instauración de la oralidad, en ese orden de ideas, también es un escenario de satisfacción de derechos constitucionales. Ello en el entendido que la audiencia oral está precedida de garantías que, si bien tienen raigambre procesal, son parte integrante de los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. Estas garantías refieren a la inmediación, la concentración y la publicidad”.

Justificación

El Derecho Procesal y Probatorio, ha sido áreas que integradas al Derecho se estructuran desde su origen; ello considerando que ha sido prioridad de los operadores jurídicos buscar los sistemas y medios que permitan aplicar la norma jurídica a los casos concretos con celeridad, y con elevados parámetros de justicia que permitan el logro de la verdad real en su ejercicio.

En esta dinámica, se observa como el Derecho Procesal y Probatorio en sus ritualidades características ha sido fruto de un proceso evolutivo que ha hecho tránsito de un sistema escritural a un sistema oral, pues su esencia siempre ha sido la de propugnar por un proceso que facilite la concreción de la justicia bajo estándares de celeridad y objetividad y para ello en la actualidad se basa en los más avanzados desarrollos científicos que permiten demostrar la hipótesis más probable en un caso específico.

En este contexto, el Derecho Procesal y Probatorio en Colombia han evolucionado hacia una justicia que permita verdaderamente concretar ese derecho humano de acceder a una administración de justicia que se destaque por su objetividad y capacidad de resolución oportuna de los litigios que son puestos a su consideración.

Es por ello, que toda la gama de reformas que se han reflejado en todas las áreas del derecho en Colombia apuntan hacia la inclusión sistemas orales, que permitan aplicar la celeridad como principio rector de la administración de justicia y evidencien unos parámetros elevados de justicia como principio orientador del Estado Social y Democrático de Derecho Colombiano.

Se observa entonces, la necesidad para los profesionales en derecho de cursar espacios de formación académica como el que propone al Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad representa sin duda una de las prioridades actuales del mundo jurídico, pues con su realización se optimizan los resultados de un adecuado ejercicio procedimental y manejo de la prueba con miras a obtener decisiones favorables a las pretensiones que son invocadas ante la Administración de Justicia, con una adecuada técnica de oralidad y argumentación que se refleje en sus intervenciones en los nuevos sistemas que se estructuran en audiencias.

Objetivo del programa

Objetivo General

Propiciar espacios de formación en el ámbito posgradual que permitan que el Profesional en Derecho articule e integre las nuevas teorías vigente en materia de Derecho Procesal, Probatorio y oralidad, en concordancia con las recientes reformas a las áreas principales del Derecho: Civil, Penal, Laboral, Administrativo.

Objetivo de formación

 

√ Difundir los conocimientos relativos a las recientes técnicas de oralidad y argumentación, con la finalidad de aplicarlas en el marco de los procedimientos vigentes en las leyes procesales colombianas.

 

√ Generar espacios de aplicación, que permitan integrar los principios del Estado Social y Democrático de Derecho, al actuar procesal que se realiza en el ejercicio del Derecho de acción y en el marco de la administración de justicia.

 

√ Formar profesionales que interioricen de manera permanente parámetros como la lealtad procesal en el ejercicio de sus roles como sujetos procesales.

 

√ Comparar los sistemas jurídicos relevantes que han impulsado la oralidad como su principio orientador.

 

√ Relacionar la importancia del derecho procesal como instrumento que permite concretar el derecho de acción y las pretensiones en un sistema jurídico.

 

Perfil del aspirante

El reglamento contempla cuatro modalidades de ingreso: admisión, reintegro, traslado y transferencia. Para este último caso se precisa que se cumplan tres requisitos: a) que la Institución de origen esté reconocida y el programa académico debidamente inscrito ante autoridad competente; b) que las asignaturas y créditos cursados sean susceptibles de homologación y c) que se demuestre el cumplimiento de tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Colombia y el país de origen del aspirante, cuando éste provenga de Institución extranjera.
Perfil ocupacional

El egresado de la Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad, podrá desempeñarse en los siguientes escenarios relativos a la oferta laboral en el área jurídica, así:

 

√ Docentes universitarios.

 

√ Asesores y Consultores.

 

√ Abogados Litigantes ante despachos judiciales, Tribunales y Altas Cortes.

 

√ Fiscales y jueces.

 

√ Servidores Públicos.

 

√ Asesores Jurídicos de Empresas Privadas.

 

√ Funcionarios de la Rama Judicial.

 

√ Docente Universitario.

 

√ Funcionarios Fiscalía General de la Nación y CTI.

¿POR QUÉ ESTUDIAR EN LA UNIVERSIDAD LIBRE?


La Universidad Libre es una corporación de educación privada que propende la construcción permanente de un mejor país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante.

 

  • Por su excelencia académica. La Universidad Libre está comprometida con la calidad de su educación, por ello cuenta con Acreditación de Alta Calidad Institucional del Ministerio de Educación. Esto obedece a la exigencia de sus programas, al alto perfil de sus docentes y a sus convenios de intercambio internacional.

 

  • Por sus valores. Es una institución que propende por la libertad de pensamiento, la ética, el sentido crítico y la educación de calidad. Esa fue la idea de sus fundadores y a partir de ahí los esfuerzos se encaminaron en formar profesionales bajo estos valores.

 

  • Por su experiencia. La Unilibre está a tres años de cumplir UN SIGLO de haber abierto sus puertas y esa trayectoria le ha permitido asumir un liderazgo en la educación superior en Colombia, y ha fortalecido la calidad de sus programas.

 

  • Por el alto perfil de sus egresados. Muchos de sus egresados se encuentran trabajando en altos cargos de gobiernos locales y nacional, en las altas cortes y en las más prestigiosas compañías, lo que da cuenta de la calidad de la educación que brinda la Universidad.

 

MISIÓN


La Universidad Libre, como conciencia crítica del país y de la época, recreadora de los conocimientos científicos y tecnológicos, proyectados hacia la formación integral de un egresado acorde con las necesidades fundamentales de la sociedad, hace suyo el compromiso de:

VISIÓN


La Universidad Libre es una corporación de educación privada que propende la construcción permanente de un mejor país y de una sociedad democrática, pluralista y tolerante. Además, impulsa el desarrollo sostenible, iluminada por los principios filosóficos y éticos de su fundador, el general Benjamín Herrera, con liderazgo en los procesos de investigación, ciencia, tecnología y solución pacífica de los conflictos.

         

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